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Preguntas frecuentes

1- ¿Que requisitos debe cumplir para acceder a las ayudas económicas para personas emigrantes asturianas retornadas?

Requisitos:

  • Ostentar la nacionalidad española desde, al menos, los 4 años anteriores al retorno.
  • Ser natural de Asturias o haber tenido la última vecindad administrativa en algún concejo de Asturias antes de su salida o ser descendiente de asturiano o asturiana hasta el segundo grado de consanguinidad.
  • Haber residido en el extranjero un mínimo de 4 años anteriores a la fecha de retorno.
  • Encontrarse empadronado en algún concejo de Asturias. En caso de empadronarse en un concejo de los considerados en riesgo de despoblación la cuantía de la ayuda se podrá incrementar en un 25%.
  • Que en el momento de presentar la solicitud de la ayuda no hayan  transcurridos más de dos años desde el retorno.
  • Acreditar que es una persona emigrante retornada.
  • No disponer de rentas superiores a los límites establecidos en la convocatoria vigente.
2- ¿Qué cuantía recibiré en caso de cumplir requisitos?

La cuantía económica de las ayudas está en función de la valoración socioeconómica y familiar de la unidad familiar, teniendo en cuenta aspectos tales como: la edad, el nivel de ingresos o renta, el número de hijos menores de 30 años que convivan en el domicilio, entre otros.

La cuantía de las ayudas podría llegar a alcanzar en función de la situación, hasta un máximo de 6.000€.

El plazo de acceso a las ayudas estará abierto todo el año.

Estas ayudas son de un único pago.

3.- ¿Son compatibles las ayudas para personas asturianas emigrantes retornadas con otras ayudas?

Las ayudas a personas asturianas emigrantes retornadas serán compatibles con otras ayudas, ingresos o recursos que se otorguen para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de otros organismos internacionales.

4.- ¿Qué otras prestaciones sociales existen en caso de que la persona se encuentre en situación de vulnerabilidad en España, Asturias?

Existen múltiples prestaciones sociales para la atención de las personas en situación de vulnerabilidad social. Las más recurrentes son:

  • Ingreso Mínimo Vital. El Ingreso Mínimo Vital es una prestación estatal dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas. De entre los requisitos que se exigen, está la residencia legal en España de un año. Puede solicitarse a través de la sede electrónica de la Seguridad Social o presencialmente en las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
  • Salario Social Básico. Prestación económica periódica de la Administración del Principado de Asturias, dirigida a cubrir necesidades básicas de la unidad económica de convivencia independiente (UECI). Tiene carácter diferencial, complementario y subsidiario de cualquier otro tipo de recursos, derechos, rendimientos de bienes y prestaciones sociales económicas que pudieran corresponder a cualquiera de los miembros de la UECI.

A los emigrantes que gocen de la condición de retornados se les exime del cumplimiento de empadronamiento en Asturias por 2 años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud.

Puede solicitarse a través de la Unidad de Trabajo Social más próxima al domicilio o mediante registro por cualquiera de los medios contemplados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas.

Tanto el Ingreso Mínimo Vital como el Salario Social no son compatibles entre sí, es decir, no se pueden percibir simultáneamente.

Además, no son compatibles con otras ayudas o prestaciones destinadas a la misma finalidad, por ejemplo subsidios de desempleo, prestaciones por desempleo, pensiones, etc.

5.- ¿Tengo derecho al subsidio de emigrante retornado?, ¿Cómo debo solicitarlo?

Los requisitos que deben cumplirse son:

  • Estar desempleado.
  • Inscribirse como demandante de empleo en el plazo de treinta días desde la fecha de su retorno; mantener la inscripción y cumplir las exigencias del compromiso de actividad, participando en las políticas activas de empleo que se determinen en el itinerario de inserción.
  • NO haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales, desde la inscripción como demandante de empleo.
  • Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 por 100 del Salario Mínimo Interprofesional vigente, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
  • Acreditar haber trabajado como mínimo doce meses en los últimos seis años desde su última salida de España, en países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo, o con los que no exista convenio sobre protección por desempleo.
  • No tener derecho a la prestación contributiva por desempleo.

Este subsidio tiene una duración de dieciocho meses, que se renuevan cada tres meses.
La solicitud se formalizará en el plazo de quince días a partir del día siguiente a aquel en que se cumpla el plazo de espera de un mes establecido en el artículo 274.1 del TRLGSS desde la inscripción como demandante de empleo, en la Oficina de Prestaciones, o bien a través de https://sede.sepe.gob.es

6.- ¿Cómo puedo acceder al sistema público de servicios sociales en Asturias?

Debe empadronarse en uno de los concejos de Asturias y acudir a los servicios sociales del Ayuntamiento en el que se haya empadronado.

Desde ahí le darán cita con un@ Trabajador/a Social, quién le recibirá, abrirá expediente de su situación en el Sistema Informático de Información de Usuarios de Servicios Sociales, realizará una primera valoración integral de su situación socio familiar, detectando y priorizando sus necesidades y potencialidades, establecerá un diagnóstico social y diseñará un plan de atención personalizado, facilitándole información, asesoramiento y orientación sobre distintos servicios, recursos y prestaciones que mejor se adapten a sus necesidades, mediante la toma de decisiones compartida, desde un modelo de atención centrado en la persona.

Igualmente, se coordinará y derivará cuando sea preciso con otros sistemas de protección social: salud, educación, justicia, etc.

Se realizará seguimiento de las situaciones socio-familiares.

7.- ¿Qué personas tienen derecho a acceder al sistema público de servicios sociales en Asturias?

De acuerdo a lo que establece el art. 4 de la Ley 1/2003 de 24 de febrero de Servicios Sociales del Principado de Asturias, son titulares de derecho:

  • Los nacionales de los estados miembros de la Unión Europea empadronados en cualesquiera de los concejos de Asturias, así como los transeúntes en las condiciones que reglamentariamente se establezcan, atendiendo siempre las situaciones de emergencia social. Asimismo, gozarán de tal derecho los emigrantes asturianos y sus descendientes en los términos establecidos en el Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias.
  • También se beneficiarán de dichos servicios quienes no siendo nacionales de ningún estado miembro de la Unión Europea se encuentren en el Principado de Asturias, así como los refugiados y apátridas de acuerdo con lo que se disponga al respecto en los tratados internacionales y en la legislación sobre derechos y deberes de los extranjeros, atendiendo en su defecto al principio de reciprocidad, sin perjuicio de lo que se establezca reglamentariamente para aquellas personas que se encuentren en reconocido estado de necesidad.
8.- ¿Qué prestaciones contempla el sistema público de Servicios Sociales en Asturias?

El Decreto 74/2022 de 2 de diciembre por el que se aprueba el Catálogo de Prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales, contempla, múltiples servicios, recursos y prestaciones, en cada una de las siguientes áreas:

  • De acceso al sistema, apoyo y primera acogida.
  • Autonomía personal y atención a la dependencia
  • Garantía de derechos y prestaciones vitales
  • Garantía de derechos, prevención y preservación familiar en la infancia y adolescencia y protección de menores
9.-¿Tengo derecho a asistencia sanitaria en España?, ¿Cómo y dónde tramito la tarjeta sanitaria?

Si no dispone de cobertura sanitaria por otra vía, la regulación actual, garantiza el derecho de obtenerla, siempre que tengan nacionalidad española y residan en territorio español.

Además, también, tendrán la condición de beneficiarios de un asegurado, siempre que residan en España, el cónyuge o persona con análoga relación de afectividad, los descendientes y las personas asimiladas a cargo del mismo, que sean menores de 26 años o que tengan una discapacidad en grado igual o superior al 65%.

El reconocimiento de la condición de persona asegurada o beneficiaria corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social, a través de los Centros de Atención e Información del Instituto Nacional de la Seguridad Social (CAISS), desde donde se facilita la información del procedimiento a seguir.  

Una vez reconocida la condición de persona asegurada deberán solicitar la tarjeta sanitaria en el centro de salud más cercano a su domicilio. Allí, los profesionales de la Unidad Administrativa le indicarán la documentación necesaria en su caso concreto.

10.-¿A qué pensión puede optar si tiene más de 65 años y retorno a España?
  • Si cumple con el periodo mínimo exigido de cotización en España y se encuentra en edad de jubilación:
    • Tendría derecho a una pensión de jubilación española. Deberá dirigirse al Instituto Nacional de la Seguridad Social desde donde le facilitarán toda la información respecto a requisitos y documentación exigida.
  • Si con el periodo cotizado en España no es suficiente, se puede computar el tiempo cotizado en el exterior:
    • En este caso, depende del país en el que haya cotizado, sería necesario acudir al Instituto Nacional de la Seguridad Social para consultar:
      • a) Reglamentos comunitarios
      • b) Convenios bilaterales
      • c) Convenio Multilateral iberoamericano de la Seguridad Social
  • Si no cumpliera con los periodos mínimos exigidos de cotización en España, pero sí ha residido en territorio español durante un período de 10 años en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los 16 años y la de devengo de la pensión, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud, podría solicitar una Pensión No Contributiva de Jubilación (PNC).
    • La pensión no contributiva de jubilación asegura a todos los ciudadanos mayores de 65 años y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva.
    • La administración competente es la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar.
  • Si no cumpliera con los dos requisitos anteriores, es decir, no tuviera el período de 10 años de residencia en España y no se encontrará en situación de cumplir con el periodo de dos años consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud, podría solicitar una pensión asistencial por ancianidad para españoles de origen retornado, siempre y cuando retorno de países donde la precariedad del sistema de protección social justifique la existencia de la prestación por razón de necesidad. Esta pensión asistencial está regulada en el Real Decreto 8/2008, de 11 de enero, por el que se regula la prestación por razón de necesidad a favor de los españoles residentes en el exterior y retornados.
11.- ¿Qué debe saber acerca de la pensión asistencial de ancianidad?

Se trata de una prestación de carácter asistencial, reconocida a los españoles de origen residentes en los países donde la precariedad del sistema de protección social justifique la existencia de la prestación por razón de necesidad que, tras su retorno a España, no pueden acreditar los periodos de residencia previos en este país, exigidos para el reconocimiento de aquélla.

Está regulada en el artículo 25 del Real Decreto 8/2008, de 11 de enero, por el que se regula la prestación por razón de necesidad a favor de los españoles residentes en el exterior y retornados.

Se trata de una pensión estatal del Gobierno de España.

12.-¿Qué ayudas ofrece el Gobierno del Principado de Asturias para personas victimas de violencia de género?

Prestación económica de pago único para mujeres víctimas de violencia de género en situación de vulnerabilidad por carencia o insuficiencia de recursos económicos y especiales dificultades de inserción laboral.
La solicitud se dirigirá a la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar por cualquiera de los medios establecidos en la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o por la sede electrónica de la Administración del Principado de Asturias.

13.- ¿Qué debo hacer para obtener el reconocimiento de la Discapacidad en España, Asturias?

El Real Decreto 888/2022 de 18 de octubre regula el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.
El reconocimiento de la discapacidad en España supone el acceso a servicios, prestaciones sociales y recursos destinados a las personas con discapacidad.
En Asturias los órganos encargados de llevar a cabo dicho procedimiento para obtener el reconocimiento, calificación y determinación del grado de discapacidad, son los Centros de Valoración y Orientación correspondientes según el código postal del domicilio de la persona que solicita el certificado.
Estos Centros son:

  • Centro de Valoración de Avilés: C/ Hermanos Espolita, 1, 33402,  Tfno.: 985 129 155
  • Centro de Valoración de Oviedo: Plaza de América, 8 33005. Tfno.: 985 236110
  • Centro de Valoración de Gijón: C/ Premio Real, 17 33202.Tfno.: 985 334 844

También podrán presentar la solicitud por cualquiera de los medios establecidos en la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

14.- ¿Qué debo hacer para obtener el reconocimiento de la Dependencia en España, Asturias?

El Decreto 4/2023 de 27 de enero, regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

El reconocimiento de la situación de dependencia supone el acceso al catálogo de servicios y prestaciones sociales para el apoyo en la atención y promoción de la autonomía personal de las personas en situación de dependencia.

Para solicitar la valoración de la dependencia, la solicitud se dirigirá a la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, y se podrá presentar:

  • a) Presencialmente: en cualquiera de las unidades que integran los servicios de información y atención al ciudadano de la Administración del Principado de Asturias, así como en cualquiera de los registros, oficinas, representaciones y demás lugares indicados por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • b) A través de la sede electrónica de la Administración del Principado de Asturias.
15.-¿Qué ayudas existen en Asturias para el acceso a la vivienda?

El Gobierno del Principado de Asturias convoca anualmente las ayudas directas al alquiler de la vivienda que están destinadas a facilitar el acceso y la permanencia en una vivienda en régimen de alquiler a personas con escasos medios económicos.

Se trata de una prestación económica periódica de concesión directa.

Para solicitar estas ayudas, la solicitud se se podrá presentar:

  • a) Presencialmente: en cualquiera de las unidades que integran los servicios de información y atención al ciudadano de la Administración del Principado de Asturias, así como en cualquiera de los registros, oficinas, representaciones y demás lugares indicados por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • b) A través de la sede electrónica de la Administración del Principado de Asturias                                                       

Oficina de Retorno Asturias, Dirección General de Emigración y Políticas de Retorno
María Miranda García, Trabajadora Social
985668523, maria.mirandagarcia@asturias.org0Página 1

1.- ¿Qué trámites tengo que hacer antes de retornar a España?

Antes de retornar, recuerde:

  • Darse de baja en el registro de matrícula consular del Consulado de España en el país desde el que retorna y solicitar el certificado de baja consular.
  • Traer consigo la siguiente documentación:
    • Partidas de nacimiento.
    • Documentos que acrediten los vínculos familiares.
    • * Documentación acreditativa de estudios
    • * Documentación acreditativa de actividad laboral.
    • * Cualquier otro documento que considere importante, de cara a acreditar su condición de emigrante retornado.
  • Apostillar o legalizar los documentos públicos obtenidos en el extranjero, para que así tengan validez en España.
  • Pasaporte en vigor.
  • Gestionar el traslado de todos sus enseres y de sus animales de compañía.
2.- Permisos de residencia de familiares.

Los familiares extranjeros de un ciudadano miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza, que no ostenten la nacionalidad de uno de dichos Estados, cuando vayan a residir en España por un periodo superior a tres meses, podrán solicitar el permiso de residencia por arraigo familiar o la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea.
Ambos permiten residir y trabajar de manera legal en España y tienen una duración inicial de cinco años. Sin embargo, los requisitos de acceso a cada una son distintos:  

  • Arraigo familiar.
    • Para acceder a este permiso deberá encontrarse ya en España, acreditar su vínculo familiar y aportar el certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades del país en que haya residido los 5 años anteriores a su entrada en España.
  • Tarjeta de familiar.
    • El ciudadano español o europeo que dé lugar a este derecho deberá tener seguro médico y estar trabajando o bien contar con medios económicos suficientes. Deberá acreditarse el vínculo familiar y, si se solicita para ascendientes mayores de 65 años, deberá demostrarse que están a su cargo.
    • Puede solicitarse incluso si se está fuera de España con un visado de familiar de ciudadano de la Unión Europea.
3.- Legalización de documentos públicos extranjeros.

Todo documento público extranjero deberá ser previamente legalizado por la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento o, en su caso, por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
En el caso de los documentos de países firmantes del Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961, la apostilla realizada por la Autoridad competente sustituirá a la legalización.
Para obtener más información sobre la traducción y legalización de los documentos podrá consultar la hoja informativa correspondiente del consulado.

4.- ¿Cómo gestiono el traslado de mis pertenencias?

El traslado deberá gestionarlo usted mismo o contratarlo con una agencia que realice mudanzas internacionales.
Quedarán exentos de impuestos en el traslado de bienes y efectos personales las personas físicas que trasladen su residencia habitual al territorio aduanero de la Unión Europea.
A estos efectos, se consideran bienes personales y efectos y objetos de mobiliario:

  • Los destinados al uso personal de los interesados o a las necesidades de su hogar.
  • Las provisiones que correspondan a un aprovisionamiento familiar normal, los animales domésticos que puedan convivir en el hogar, así como los instrumentos portátiles de artes mecánicas o liberales necesarios para el ejercicio de la profesión del interesado. Los bienes personales no podrán tener, por su naturaleza o cantidad, ninguna pretensión de carácter comercial.
  • Las bicicletas y ciclomotores, los vehículos automóviles de uso privado y remolques, las caravanas de camping, las embarcaciones de recreo y uso privado y los aviones de turismo, igualmente de uso privado.

Se excluyen de esta exención:

  • - Los productos alcohólicos.
  • - El tabaco y las labores de tabaco.
5.- ¿Cómo traslado mis ahorros a España?

Si resides en un país de la Unión Europea o en Reino Unido, Suiza Islandia, Liechtenstein, Noruega Ciudad del Vaticano, San Marino, Mónaco y Andorra, puedes hacer una transferencia SEPA.
Las transferencias SEPA se realizan entre entidades bancarias que se encuentran en la Zona Únicas de Pagos en Euros. Las comisiones dependerán del banco desde el que se realicen.
Si vienes de un tercer país puedes realizar una transferencia SWIFT. Society for Worldwide Interbank Financial Telecommunication es una organización que facilita las transferencias internacionales y a la que están adscritas la mayoría de entidades bancarias. Su coste y tiempo son más elevados que las SEPA.

6.- ¿Cómo tramito el Documento Nacional de Identidad?

Deberás pedir una cita presencial a través de https://www.citapreviadnie.es/citaPreviaDni/ o del teléfono 060 y el día de la cita, además de abonar la tasa en efectivo, te pedirán los siguientes documentos:

  • Certificación literal de nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente o, en su caso, Certificado de inscripción de la nacionalidad española.
  • Una fotografía reciente en color del rostro del solicitante, tamaño 32 por 26 milímetros, con fondo uniforme, blanco y liso, tomada de frente con la cabeza totalmente descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar la identificación de la persona.
  • Certificado o volante de empadronamiento del Ayuntamiento donde el solicitante tenga su domicilio, expedido con una antelación máxima de tres meses a la fecha de la solicitud del Documento Nacional de Identidad.
  • Cuando el titular del DNI sea menor de 14 años o persona con capacidad judicialmente complementada se llevará a cabo en presencia de la persona que tenga encomendada la patria potestad o tutela, o persona apoderada por estas últimas.
  • En caso de estar en Posesión de la Tarjeta de Identificación de Extranjero o Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión, en el que conste el número de identificación de extranjero (NIE), deberán aportarse también.
1.- ¿QUÉ PASOS SON NECESARIOS SI YA TENGO LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA Y QUIERO TRABAJAR EN ASTURIAS?

Los pasos a seguir son los siguientes para tener toda la documentación previa al contrato de trabajo:

  1. Tener DNI.
  2. Número de la Seguridad Social (NSS)
  3. Afiliación a la Seguridad Social y tarjeta sanitaria
  4. Inscripción en el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal)
  5. Tener un currículum vitae (CV)
  6. Certificados y títulos de estudios
  7. Cuenta bancaria en España
2.- ¿ES LO MISMO NÚMERO DE SEGURIDAD SOCIAL QUE TARJETA SANITARIA?

No. Es importante que tengas en cuenta la diferencia entre solicitar el número de la seguridad social, que es tu número de cotización vital, para que en el futuro puedas tramitar una pensión de jubilación, y otra cosa diferente es tramitar la tarjeta sanitaria en el centro de salud, para tener derecho a la atención sanitaria. Recuerda: son dos trámites diferentes.

3.-¿QUÉ DOCUMENTACIÓN TENGO QUE TRAER DEL EXTRANJERO PARA PODER TRABAJAR EN ASTURIAS?

Es importante que prepares bien la documentación desde el país de origen. La documentación varía en función de si el retorno se produce desde un país de la Unión Europea (UE) o desde fuera de la UE.

  1. Documentación general para trabajar en Asturias, tanto para la UE como desde fuera de la UE.
  2. Certificados de estudios y formación: Documentación académica, títulos universitarios, certificados de cursos y diplomas.
  3. Homologación de títulos: En función de la titulación, puede ser necesaria una homologación en el Ministerio de Educación español para que sea válida en España.
  4. Certificados Laborales: Cartas de recomendación o certificados de tus empleos anteriores.
  5. Certificado de Antecedentes Penales: En algunos sectores, como educación o sanidad, este documento puede ser obligatorio.
  6. Traducción: Si el documento está en otro idioma, será necesario su traducción al español. Para que sea válido en España, esta traducción debe ser oficial (realizada por un traductor jurado).
  7. Seguro médico internacional (solo hasta contar con el número de la Seguridad Social): Importante para cubrir emergencias médicas en el período de transición.
  8. Currículum actualizado: Es fundamental tener un currículum claro y detallado. Lo ideal es adaptar el formato a los estándares españoles y, si está en otro idioma, traducirlo al español.

SI REGRESAS DESDE UN PAIS DE LA UE.
Si vuelves de un país de la UE o del EEE (Noruega, Islandia y Liechtenstein), necesitarás:

  1. Formulario U1 (antiguo E301): Este formulario acredita los periodos de cotización en otro país de la UE. Será útil para sumar esos periodos al sistema de la Seguridad Social española, lo cual puede ser importante a la hora de acceder a determinadas prestaciones.
  2. Tarjeta Sanitaria Europea (TSE): Aunque al llegar a España deberás tramitar la tarjeta sanitaria española, la TSE te garantiza cobertura médica en los primeros días.
  3. Certificado de Residencia en el Extranjero (si aplica): Si puedes, obtén un certificado de tu última residencia en el país europeo. Puede servir como prueba de tu estancia y residencia oficial en ese país.

SI REGRESAS DESDE UN PAÍS FUERA DE LA UE
Desde fuera de la UE, se requieren algunos documentos adicionales, y puede ser necesario realizar trámites de legalización o traducción.

  1. Certificado de Cotizaciones a la Seguridad Social: Si has trabajado en un país con convenio de seguridad social con España (como Argentina, Brasil, EE.UU., Chile, México, entre otros), este certificado permite reconocer los períodos de cotización en tu país de origen. Consulta aquí el listado completo: https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/InformacionUtil/32078/32253
  2. Legalización o apostilla de documentos académicos: Las titulaciones y certificados de estudios deben estar apostillados o legalizados para que tengan validez en España. Además, será necesaria una traducción jurada al español si el título no está en un idioma oficial de la UE.
  3. Pasaporte vigente: Asegúrate de traer tu pasaporte vigente, especialmente si necesitas realizar cualquier gestión relacionada con extranjería. Aunque tengas nacionalidad española, puede servir como prueba de identidad y es útil para trámites adicionales.

Recomendaciones finales:
Traducción Jurada: Si tus documentos están en un idioma que no sea el español, inglés, francés, italiano o portugués, se recomienda realizar traducciones juradas al español.
Verificar convenios de Seguridad Social: Infórmate sobre los convenios específicos entre tu país de origen y España, ya que esto puede hacer más fácil el reconocimiento de tus derechos laborales y prestaciones.
Carpeta física y digital: Lleva copias físicas y digitalizadas de todos los documentos. Esto te facilitará el acceso y la presentación de tus papeles en diferentes oficinas y empresas.

4.- ¿TENGO DERECHO A COBRAR PRESTACIÓN POR DESEMPLEO EN ESPAÑA SIENDO UNA PERSONA CON NACIONALIDAD ESPAÑOLA VIVIENDO EN EL EXTRANJERO?

Si tienes nacionalidad española y has estado trabajando en el extranjero, podrías tener derecho a cobrar prestaciones por desempleo en España al retornar, pero el proceso y los requisitos varían según si vienes de un país de la Unión Europea (UE) o de fuera de ella.
1. Condiciones generales para cobrar la prestación por desempleo en España al retornar del extranjero
Para poder cobrar la prestación por desempleo en España tras regresar de un país extranjero, debes cumplir con ciertos requisitos generales:
A. Inscripción como demandante de empleo: Al llegar a España, deberás inscribirte en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPEPA- ASTURIAS) y estar disponible para buscar trabajo activamente.
Derecho a prestación por cotizaciones previas en España: Solo podrás cobrar el desempleo en España si tienes acumuladas suficientes cotizaciones previas en el sistema español. Es decir, debes haber trabajado y cotizado en España antes de irte al extranjero, acumulando el tiempo mínimo exigido (360 días en los últimos seis años).
No estar cobrando otro tipo de prestación en el extranjero: No debes estar percibiendo prestaciones por desempleo en el país de origen al momento de solicitar la prestación en España.
1.a. Si Regresas de un País de la Unión Europea (UE) o del Espacio Económico Europeo (EEE)
Dentro de la UE/EEE, existen acuerdos que facilitan el traspaso de derechos laborales y de prestaciones sociales, lo que permite trasladar las cotizaciones de un país europeo a España.
Documentación y formularios necesarios:
Formulario U1 (antiguo E301): Este documento es esencial, ya que certifica tus períodos de trabajo y cotización en otro país de la UE. Sirve para acreditar el tiempo trabajado fuera de España y sumar esas cotizaciones a las que tengas en España, de modo que puedas cumplir con los requisitos necesarios para recibir la prestación.
Dónde obtenerlo: Debes solicitarlo en el servicio de empleo o la Seguridad Social del país europeo en el que trabajaste.
Importancia del U1: Este documento permite que el SEPE considere los periodos de trabajo en otro país de la UE como si fueran en España, facilitando el acceso a la prestación si cumples con los días necesarios.
Pasaporte o DNI español: Necesario para acreditar tu identidad y nacionalidad al hacer los documentos.
1.b. Si regresas de un país fuera de la Unión Europea:
A. Certificado de cotizaciones (si el país tiene convenio de seguridad social con España): Algunos países, como Argentina, Brasil, México, Chile o Estados Unidos, tienen convenios de seguridad social con España. Esto permite transferir algunos derechos de cotización a efectos de jubilación, pero generalmente no se aplica a las prestaciones por desempleo.
Excepciones

Subsidio por emigrante retornado: Si no tienes suficientes cotizaciones en España pero cumples ciertos requisitos, podrías tener derecho al subsidio por emigrante retornado, una ayuda económica especial para quienes vuelven de países sin acuerdo de transferencias de cotización de desempleo.
Requisitos: Haber trabajado un mínimo de 12 meses en los últimos seis años en un país sin convenio de desempleo y estar inscrito como demandante de empleo en el SEPE.
Documentación específica: Certificado de Emigrante Retornado, emitido por el Consulado de España en el país de residencia.
Duración y cantidad: Este subsidio tiene una duración de seis meses, prorrogable, y se percibe una cantidad fija mensual.

5.- ¿CÓMO PUEDO BUCAR EMPLEO EN EL MERCADO LABORAL ASTURIANO?

Aquí tienes una información completa de fuentes, recursos y estrategias para buscar empleo en el mercado laboral asturiano, tanto en plataformas digitales como a través de redes y organismos locales. Estas herramientas te serán útiles para encontrar oportunidades en Asturias y mejorar tu visibilidad en el mercado laboral.

  1. Trabajastur (SEPE Asturias): El portal de empleo oficial del Gobierno del Principado de Asturias. Aquí puedes consultar ofertas de empleo locales y acceder a formación y orientación profesional. URL: https://trabajastur.asturias.es/
  2. Portales de empleo generalistas
    1. Estos sitios web son los más utilizados en toda España para la búsqueda de empleo y cuentan con ofertas de Asturias.
  3. Empleo en Ayuntamientos y entidades locales (consulta la red de oficinas en nuestro geolocalizador)
  4. Fundaciones públicas y privadas especializadas por sectores estratégicos y de empleo en Asturias.
  5. Club de calidad de Asturias, federaciones de empresarios y cámaras de comercio de Asturias.
  6. Ferias de empleo y eventos de networking en Asturias
  7. Agencias de Colocación y Empresas de Trabajo Temporal (ETT)
    1. Las agencias de colocación y las ETT también ofrecen vacantes temporales y fijas en Asturias.
    2. Agencias de colocación municipales: Las agencias de colocación de los ayuntamientos de Gijón, Oviedo y Avilés colaboran con empresas para facilitar la contratación local.
  8. Buscar directamente en páginas web de empresas asturianas. Visita la sección “Trabaja con nosotros” en las páginas de estas empresas y suscríbete a sus boletines de empleo si están disponibles.
    1. Empresas del sector agroalimentario y turístico: Asturias tiene un sector importante en agroalimentación y turismo. Empresas como Central Lechera Asturiana o grandes hoteles publican ofertas directamente en sus webs.
  9. Formación y certificación para aumentar las oportunidades de empleo
    1. Puedes obtener certificados específicos que pueden mejorar tu perfil y hacerte más competitivo en el mercado laboral asturiano, además de proyectos formativos con opción de empleo.
6.- ¿CÓMO OBTENGO MI HOMOLOGACIÓN FORMATIVA?

1. Homologación y Convalidación de Títulos
Homologación: Es el proceso por el cual se equipara tu título extranjero con uno oficial español, reconociéndolo con la misma validez que un título emitido en España.
Convalidación: En este caso, se reconoce que ciertos estudios realizados en el extranjero son equivalentes a las asignaturas que forman parte de un programa educativo español, por ejemplo, para la convalidación de asignaturas universitarias.


Si tu formación proviene de un país de la Unión Europea (UE)
Los títulos universitarios obtenidos en países de la UE tienen un proceso de homologación más ágil gracias a los acuerdos del Proceso de Bolonia, que armonizan los sistemas educativos en los países europeos.
B. Si tu formación proviene de un país fuera de la Unión Europea
El proceso de homologación de títulos de fuera de la UE es más complejo. Aquí, no existen acuerdos automáticos como los de Bolonia, por lo que se requiere un análisis exhaustivo del título, la universidad y el sistema educativo del país de origen.
Documentos requeridos:
Título universitario original y su traducción oficial al español.
Certificado académico con las asignaturas cursadas y calificaciones, que también debe ser traducido.
Plan de estudios o temario detallado, especificando la duración y el contenido de los cursos.
Evaluación adicional: Dependiendo del país, es posible que el Ministerio de Universidades necesite la colaboración de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) para verificar la calidad educativa de la universidad extranjera
Todo lo tienes que presentar en la Consejería de Educación en Asturias, si ya estás en el territorio y en caso de estar en el extranjero puedes acudir al consulado para comenzar con los trámites desde el país de donde procedes.